F.A.Q.

  1. Horario de atención al Público.
  2. Dirección de La Notaria.
  3. Cuanto vale un registro civil de Nacimiento?.
    Costo - Informacion para solicitud - Tiempo de entrega.
  4. Matrimonios: Que requisitos se necesitan - Costo - Cupo - Cuanto se demora?.
  5. Cuanto vale la copia de una escritura? y tiempo de entrega.
  6. Que necesito para registrar un menor de edad/adulto?.
  7. Preliquidaciones de las escrituras: Tabla.
  8. Cuales son los requisitos para hacer una venta?.
  9. Requisitos para el divorcio.

Lunes a Viernes:

8:30 AM a 1:00 PM
2:00 PM a 5:30 PM

Sábados (según turno):
8:00 AM a 12:00 PM

2. Cra.14 No. 93-14, Bogotá, D.C., Colombia


3. Registro Civil de nacimiento:

Costo : actualmente la expedición de la primera copia del reg. civil es gratiuta. Vale la pena aclarar que el registro de un nacimiento, de un matrimonio o de una defunción no tiene costo alguno para el usuario, por tratarse de un servicio público. El costo se deriva entonces, sólo de la expedición de las copias que solicite el usuario.

4. Matrimonio:

Documentos requeridos en el caso de que ambos contrayentes sean solteros y nacionales colombianos:

- Copia auténticada del Registro Civil de Nacimiento de cada uno de los conyugues cuya fecha de expedición no exceda de treinta dias y con la nota de que es "válido para matrimonio".

- Copia auténtica de los documentos de identidad de cada uno de los interesados.

- Digenciamiento del formato de solicitud para matrimonio, con la respectiva presentación personal de los dos interesados.


En el cado en que alguno de los dos interesados sea viudo o de estado civil divorciado se requiere además:
-Registro Civil de Defunción del conyugue ó los registros civiles donde conste la sentencia de divorcio o de nulidad y la escritura por la cual se liquidó la respectiva sociedad conyugal. En caso de existir hijos del precedente matrimonio, se requiere escritura que contenga el inventario solemne de bienes del menor.

Ahora bien, en el evento en que algunos interesados sea extranjero, este debe presentar además:

- Registro civil de nacimiento del extranjero, con el respectivo sello de apostillaje o con el abono de firmas en el Ministerio de Relaciones Exteriores, cersiorándose además que si el documento no esta elaborado en idioma castellano, se le haya hecho la respectiva traducción oficial. Este documento puede tener una vigencia de tres meses, es decir que en este caso por expresa autorización legal se amplia la vigencia de expedición de 30 dias a 90 dias.

- Permiso de permanencia expedido por el DAS.

Costo: Si el Matrimonio se realiza en la sede de la Notaria, el costo asciende a la suma de $26.200+ IVA. A este valor se debe adicionar el valor de los telegramas y el de las respectivas copias, por lo cual el costo promedio asciende oscila entre la suma de $90.000,oo. y $110.000,oo.

En el evento en que el Notario se desplaze fuera de la sede de la Notaria para oficiar el Matrimonio, se incrementa el valor anterior en $70.590 + IVA.

Cupo: Una vez radicada la solicitud con todos los documentos anteriores, se consulta la programación de la Secretaría de este despacho para la celebración del matrimonio, que en ningún caso es inferior a 8 dias después de efectuada la solicitud, ya que se debe tener en cuenta el término de publicación del respectivo edicto en la secretaría del despacho durante cinco (5) días hábiles.


5. Escritura:

Valor Copia: El valor de la copia auténtica de una escritura que repose en nuestro protocolo es de $1780 + IVA por cada hoja. Y se entrega al día siguiente de haber efectuado la solicitud.

6. Registro de un menor:

-Documentos de identificación de los padres

-Certificado de nacido vivo que contenga el grupo sanguíneo y factor RH

-Si la persona que se va a registrar tiene más de una mes de nacido, se debe agregar a los requisitos anteriores, una declaración extrajuicio de 2 testigos.

7.Preliquidaciones de las escrituras

Resolución Numero 7880 28 Diciembre de 2006,Artículo 1 Literales b1,b2,b3,b4

Los actos que por su naturaleza carezcan de cuantía o cuando esta no se pudiere determinar,la suma de treinta y ocho mil ciento diez pesos ($38.110).

Aquellos cuya cuantía fuere igual o superior a ciento ciento ocho mil seiscientos ochenta pesos($108.680), la suma de doce mil setecientos diez pesos ($12.710). Cuando fuere superior,las siguientes sumas adicionales sobre el exceso:

El tres por mil (3/1000) cuando la cuantía fuere inferior o igual hasta diez millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos ochenta pesos ($10.484.280)

El dos punto nueve por mil (2.9/1000) cuando la cuantía fuere inferior o igual hasta veinte millones novecientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta pesos ($20.968.560)

El dos punto ocho por mil (2.8/1000) cuando la cuantía fuere inferior o igual hasta treinta y un millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos setenta pesos ($31.452.870)

El dos punto siete por mil (2.7/1000) cuando la cuantía fuere superior a treinta y un millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos setenta pesos ($31.452.870).

8.Ventas:

-Pago impuesto predial del año en que se pretende efectuar la escritura de venta.
-Paz y Salvo de valorización.
-Certificado de libertad y tradición del inmueble.
-Si el inmueble paga cuotas de administración, se debe anexar el paz y salvo respectivo.
-Copias de las cédulas de los intervinientes.

9.Divorcio:

-Poder debidamente otorgado a un abogado. -Acuerdo de divorcio suscrito por las partes. -Copias del registro civil de matrimonio. -Si hay hijos menores de edad concepto previo escrito del Defensor de Familia.

Ultima Actualización: Diciembre 29 de 2006